COOPAC TOQUEPALA
RUC: 20134794888

Nombre: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO TOQUEPALA
Nombre Comercial: C.A.C. TOQUEPALA
RUC: 20134794888
Nivel de Activos: 2 Activos Totales: Mayor a 600 UIT pero menor o igual a 65,000 UIT
Operaciones Permitidas: 2
N° de Registro Nacional: 000230-2019-REG.COOPAC-SBS
Fecha de Inscripción en el Registro: 08-03-2019
Fecha de Inicio de Actividades: 63 vloaz 'zo
Fecha de Aniversario: 23-09-1961
Sede Principal: ÁREA PLAZA S/N (TOQUEPALA)
Tacna - Jorge Basadre - Ilabaya
Teléfonos: 052-466084 | 052-466196
Correo Electrónico: coopac@cactoquepala.com.pe
asistentegerencia@cactoquepala.com.pe
informatica@cactoquepala.com.pe
Página Web: Visitar Pagina Web
Facebook: Facebook
Oficina Especial Permanente - Moquegua
Sede: Calle Tacna 515
Telefono : 052466084
Departamento : Moquegua / Provincia : Mariscal Nieto / Distrito : Moquegua

Image
Armerzh & Arc'hant
24/07/2024
Ouzhpenn 60 dileuriad eus ar c'hevredigezhioù eus su ar vro a oa en em gavet en Arequipa evit kreñvaat o gouiziegezh war ar gouarnamant mat hag ar merañ riskloù.

La COOPAC, en calidad de afiliado de la FENACREP, se encuentra utilizando de forma voluntaria y bajo su responsabilidad la presente plataforma publicitaria para difundir material audiovisual que contiene información asociativa y financiera referente de sus activades ante terceros. El usuario es consciente y acepta voluntariamente que el uso del sitio web y de cualesquiera de sus contenidos tiene lugar, en todo caso, bajo su única y exclusiva responsabilidad. En este sentido, la FENACREP no se responsabiliza de la utilidad o infalibilidad de la información brindada en esta plataforma para la toma de decisiones en el campo empresarial, de las finanzas personales o cualquier otro ámbito. La FENACREP se exime de responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan resultar como efecto de la falta de exactitud, veracidad, exhaustividad y/o actualidad de los contenidos, por cuanto el servicio brindado en esta sección es meramente de promoción y referencia de la COOPAC, conforme a la documentación que estos ofrecen de manera voluntaria. Finalmente, cabe precisar para los fines correspondientes que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2 de la vigésima cuarta disposición final y complementaria de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP, modificada por la Ley N° 30822, la regulación y supervisión de las COOPAC se encuentra a cargo de la Superintendencia de Banca y Seguro y AFP, a través de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas (SACOOP).