En nuestra calidad de representante a nivel nacional de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (en adelante, COOPAC), hemos sido notificados en reiteradas oportunidades por autoridades policiales, y hasta por la fiscalía, con relación a solicitudes de requerimiento de información y documentación sobre las operaciones o funcionamiento de algunas Cooperativas de Servicios Múltiples.
Al respecto, es necesario precisar que, hasta el 31 de diciembre del 2018, la FENACREP se encontraba facultada para supervisar únicamente a las “COOPAC”; sin embargo, desde el 01 de enero de 2019, que entró en vigencia la aplicación de la Ley Nº 30822[1] , que establece, entre otras disposiciones, un nuevo marco normativo para la supervisión, regulación, sanción e intervención de las COOPAC, a cargo de la Superintendencia de Banca Seguros y AFP.
Asimismo, se dispone que solamente se encuentran autorizadas para captar ahorros de sus socios las COOPAC inscritas en el Registro Nacional de COOPAC y de las Centrales (Registro COOPAC)[2].
En ese sentido, consideramos que existe una confusión entre las mencionadas modalidades de cooperativa, cuyas principales diferencias y similitudes detallamos a continuación:
CARACTERÍSTICAS |
COOPAC |
COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES |
Reguladas por la Ley General de Cooperativas. |
✔ |
✔ |
Solamente pueden operar con sus socios. |
✔ |
✔ |
Estuvieron supervisadas por la FENACREP. |
✔ |
X |
Supervisión, regulación y fiscalización por la SBS. |
✔ |
X |
Autorización previa para operar (Registro COOPAC) |
✔ |
X |
Captan ahorros, depósitos y CTS. |
✔ |
X |
Colocación de créditos como actividad principal. |
✔ |
X |
Pueden realizar préstamos. |
✔ |
✔ (*) |
Otorgar cartas fianzas. |
✔ |
X |
Protección del ahorro mediante el Fondo de Seguro de Depósito Cooperativo (FSDC). |
✔ |
X |
Comunicación de apertura, traslado y cierre de agencias. |
✔ |
X |
(*) las cooperativas de servicios múltiples solamente pueden otorgar prestamos a cargo de los aportes realizados por sus socios y como actividad secundaria, según los limites establecidos en la Ley General de Cooperativas.
[1] Ley que modifica la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y otras normas concordantes, para incluir precisiones sobre la regulación y supervisión de las COOPAC.
[2] Numeral 10 de la Vigésima Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 26702, modificada por la Ley Nº 30822.