EDICIONES ANTERIORES
 
 
12 de Febrero del 2010
MODIFICAN EL NUEVO REGLAMENTO PARA LA EVALUACION Y CLASIFICACION DEL DEUDOR Y LA EXIGENCIA DE PROVISIONES

 

 

El 11 de febrero del presente año se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, la RESOLUCION SBS Nº 1445-2010, mediante la cual se modifica el Nuevo Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones (aprobado por Resolución SBS Nº 11356-2008), norma aplicable a las COOPAC y que entrará en vigencia a partir del 01 de julio del 2010.

 

La modificación antes referida, involucra la sustitución del primer párrafo del numeral 4.3 “Créditos a Medianas Empresas” del Capítulo I del Nuevo Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor. En el siguiente cuadro, podrán apreciar el cambio normativo:

 

RESOLUCION SBS Nº 11356-2008

RESOLUCION SBS Nº 1445-2010

“CAPÍTULO I

4.3 CRÉDITOS A MEDIANAS EMPRESAS

Son aquellos créditos otorgados a personas jurídicas que poseen al menos una de las siguientes características:

a. Tienen un endeudamiento total en el sistema financiero superior a S/. 300,000 en los últimos seis (6) meses, y que no cumplan con las características para ser clasificados como créditos corporativos o a grandes empresas.

b. Ventas anuales no mayores a S/. 20 millones.”

“CAPÍTULO I

4.3  CRÉDITOS A MEDIANAS EMPRESAS

Son aquellos créditos otorgados a personas jurídicas que tienen un endeudamiento total en el sistema financiero superior a S/. 300.000 en los últimos seis (6) meses y no cumplen con las características para ser clasificados como créditos corporativos o a grandes empresas.”

  

En forma adicional, la Resolución SBS Nº 1445-2010 modifica varias disposiciones del Reglamento para el Requerimiento del Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito (Resolución SBS Nº 14354-2009); así como el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, de acuerdo a un anexo que será publicado en la web de la SBS (www.sbs.gob.pe).

 

La modificación dispuesta en el Nuevo Reglamento de Evaluación y Clasificación del Deudor entrará en vigencia a partir del 01 de julio de 2010.

 

Adjuntamos al presente un archivo con la Resolución SBS Nº 1445-2010, para su mejor conocimiento.

 

Atentamente,

 

 

 

 

Carmen Huapaya Pachas

Asistente Legal de Gerencia

chuapaya@fenacrep.org

 

   Archivo Adjunto    Descargar Archivo